Precisiones generales

El plazo preferente se aplica en: Primera calificación y Reingresos (subsanación y liquidación). Con excepción de:

o Reserva de nombre.
o Reconocimiento de Comunidades Campesinas.
o Incautación.

Cuando la presentación del título sea efectuada mediante el procedimiento de Oficina Registral Receptora y Oficina Registral de Destino, el cómputo del plazo preferente se iniciará a partir de la recepción del título por la Oficina Registral de Destino. La misma regla se aplica cuando la presentación del título se realiza en las Oficinas Receptoras.

Para los presentados los días sábados, domingos y feriados o cualquier otro día inhábil, el inicio del cómputo del plazo se contabilizará desde el primer día hábil siguiente inmediato.

El título con calificación atenuada (Garantías Mobiliarias) sea objeto de liquidación para el pago de mayor derecho, este último será admitido hasta el cuarto día anterior a la fecha de vencimiento del asiento de presentación, procediéndose a extender la inscripción dentro de los tres (3) últimos días restantes.

En los casos de los actos de Trámite en línea sobre reserva de nombre y Constitución de SACS, el plazo preferente se aplica, adicionalmente, para desistimiento total de la rogatoria.

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PLAZO PREFERENTE PARA LA CALIFICACIÓN REGISTRAL
1 DÍA HÁBIL
En el Registro de Predios En el Registro de Bienes Muebles En el Registro de Personas Jurídicas En el Registro de Personas Naturales
● Acto constitutivo de SACS.
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24 HORAS
En el Registro de Predios En el Registro de Bienes Muebles
Registro de Propiedad Vehicular·
En el Registro de Personas Jurídicas En el Registro de Personas Naturales
  • Bloqueo registral.(Hasta 4 partidas)

  • Reserva de nombre.

  • Trámite en línea sobre Reserva de nombre.

  • Constitución de Asociación.*

  • Constitución de EIRL.*

  • Constitución de Sociedades.*

  • Constitución de SACS.*


    *La designación de los integrantes de los órganos de una persona jurídica forma parte del acto inscribible de constitución.
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    48 HORAS
    En el Registro de Predios En el Registro de Bienes Muebles
    Registro de Propiedad Vehicular·
    En el Registro de Personas Jurídicas En el Registro de Personas Naturales
  • Compraventa de un solo predio que involucre a una sola partida registral y sea el titular registral el transferente

  • Numeración de finca (un solo predio). Jurisdicción (un solo predio).

  • Levantamiento de Bloqueo (para un solo predio, de un solo titular registral y que recaiga sobre una sola partida registral)

  • Levantamiento de Hipoteca (una sola partida registral, un solo titular)

    Siempre que estén referidos a un solo bien:

  • Inmatriculación de vehículo.

  • Transferencia vehicular (excepto Lima).

  • Cambio de características.

  • Anotación de robo.

  • Cancelación de anotación de robo.

  • Nombramiento de integrantes de junta directiva, representantes o apoderados, su aceptación, remoción, suspensión, renuncia, el otorgamiento de poderes, su modificación, revocación, sustitución, delegación y reasunción de estos, de Comunidades Nativas.

  • Resoluciones Judiciales referidas a la validez de los acuerdos inscribibles de la Comunidad Nativa.

  • Los actos o contratos que modifiquen el contenido de los asientos registrales o cuyo registro prevean las disposiciones legales o reglamentarias de Comunidades Nativas.

  • Reconocimiento, estatuto y modificiones de comunidades nativas.

  • Revocatoria y/o nombramiento de Gerente (excepto Lima).

  • Reconocimiento de comunidades campesinas

  • Anotación de sucesión intestada (preventiva y definitiva).

  • Inscripción de sucesión hereditaria.

  • Inscripción de testamento.

  • Otorgamiento de poder.

  • Sustitución de régimen patrimonial.

  • Separación de patrimonios.

  • Anotación de divorcio.

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    72 HORAS
    En el Registro de Predios En el Registro de Bienes Muebles
    Registro de Propiedad Vehicular·
    En el Registro de Personas Jurídicas En el Registro de Personas Naturales
  • Anotación de embargo (predio independizado, un titular registral).

  • Anotación de demanda (una partida independizada, un titular).

  • Cambio de placa voluntario (un solo bien).

  • Revocatoria y/o nombramiento.

  • Modificación de Estatutos EIRL.

  • Aumento y reducción de capital EIRL.

  • Poderes otorgados por sociedades o sucursales constituidas en el extranjero.

  • Unión de Hecho.

  • Separación de cuerpos.

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    TRES (3) PRIMEROS DÍAS
    En el Registro de Predios En el Registro de
    Bienes Muebles
    En el Registro de Personas Jurídicas En el Registro de Personas Naturales
  • Incautación.
  • Primera calificación (contados a partir de su presentación)

  • Actos inscribibles que se presenten en Formulario (título con calificación atenuada- garantías mobiliarias)

  • Incautación

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