Nombramiento de consejo directivo
- Copia certificada por notario del acta de asamblea general donde se haya nombrado al Consejo Directivo.
- Constancia de convocatoria y de cuórum con firma certificada por notario o fedatario de la Sunarp.
- Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita).
- Tasa registral: S/ 25.00
A considerar:
- Si su estatuto prevé la elección de un comité electoral, presentar también copia certificada del acta de asamblea donde se eligió al comité electoral.
- Las constancias de convocatoria, relativas a la asamblea de elección del Consejo Directivo y de la asamblea donde se eligió al comité electoral en caso lo hubiera (debe realizarlo la persona con facultades para convocar de acuerdo al estatuto).
- Las constancias de cuórum, relativas a la asamblea de elección del Consejo Directivo y de la asamblea donde se eligió al comité electoral en caso lo hubiera (debe realizarlo la persona que presidió la sesión o la persona con facultades para convocar de acuerdo al estatuto).
- La presentación de COPIA CERTIFICADA en la oficina registral, deberá de ser efectuada por el notario ante quien se otorgó el instrumento o por sus dependientes acreditados. Excepcionalmente, a solicitud y bajo responsabilidad de los otorgantes, la copia certificada podrá a ser presentado y tramitado por persona distinta al notario o sus dependientes. En este caso, el notario al expedir la copia certificada deberá consignar en este el nombre completo y número de documento de identidad de la persona que se encargará de la presentación y tramitación de dicho parte, y además de incorporar en el Módulo “Sistema Notario” los datos de la persona (Sétima Disposición Transitoria del D.L. 1049 Ley del Notariado modificado por el Decreto Legislativo 1232).
- Se recomienda revisar su estatuto, a fin de que los acuerdos aprobados en asamblea se realicen cumpliendo con la norma estatutaria (plazos de convocatoria, cuórum para instalación de asamblea, formalidades del acta, requisitos de la convocatoria, entre otros).
- *En el acta se debe consignar el nombre completo y el número de documento de identidad de cada uno de las personas naturales integrantes del Consejo Directivo. De tratarse de personas jurídicas, debe además indicarse la partida registral en la que consta inscrita, de ser el caso, y quién actúa en su representación.
- En el acta se debe indicar el día, mes y año en que inicia y termina el periodo del Consejo Directivo, de conformidad con el estatuto de la asociación.
- Las constancias de cuórum y convocatoria deberán reunir las formalidades y requisitos establecidos en los artículos 16, 56 y 62 respectivamente del Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas aprobado por Resolución N° 038-2013-SUNARP/SN.
- A través de nuestra página web puede verificar EN FORMA REFERENCIAL los modelos de constancia de convocatoria y cuórum, ingresando a: https://www.sunarp.gob.pe/formatos-formularios.asp#parentHorizontalTab2
"El servicio brindado por este medio tiene un valor informativo, el Registrador Público podría solicitar documentos adicionales conforme a su evaluación".
Para cualquier orientación registral llamar al Aló Sunarp 0800-27164 opción 3 o al 2083100 anexo 8101 y el correo electrónico: consultas@sunarp.gob.pe