Independización por reglamento interno
- Documento privado con el reglamento interno.
- Documento privado con el detalle de las independizaciones y áreas comunes.
- Planos de independización.
- Certificado de numeración.
- Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita).
- Pago de la tasa registral
A considerar:
- El reglamento interno deberá contar con firma certificada por notario.
- El documento privado contendrá la firma certificada del propietario o copropietarios ante notario, conteniendo el reglamento interno redactado conforme al artículo 153 del Decreto Supremo Nº 035-2006-Vivienda (T.U.O. del Reglamento de la Ley Nº 27157).
- El documento privado con firma certificada del propietario o copropietarios ante notario, en la que se describa el área, linderos y medidas perimétricas de las secciones de dominio exclusivo y de los bienes comunes regulados por el reglamento interno.
- Los planos de independización (por pisos o niveles) donde se grafique las unidades de dominio exclusivo y las zonas comunes, autorizado por profesional competente (ingeniero civil o arquitecto colegiado) con firma certificada ante notario.
- El certificado de numeración, se presentará sólo si contara con referido documento.
Pago de la tasa registral:
Por modificación de la partida matriz: S/ 42.00
Por reglamento interno: S/ 42.00
Por cada unidad a independizar: S/ 83.00
Para inscribir el reglamento interno previamente deberá inscribirse la declaratoria de fábrica.
El reglamento interno puede establecer reserva de aires sin independización y ello constará en la partida registral del predio matriz.
Los aires podrán independizarse siempre que se les asigne un porcentaje de participación de los bienes comunes y cuente con área proyectada de acceso.
Base legal: Ley 27157 y su Reglamento aprobado por D.S. 035-2006-Vivienda, art. 63 del Reglamento del Registro de Predios aprobado por Resolución N° 097-2013-SUNARP/SN.
"El servicio brindado por este medio tiene un valor informativo, el Registrador Público podría solicitar documentos adicionales conforme a su evaluación".
Para cualquier orientación registral llamar al Aló Sunarp 0800-27164 opción 3 o al 2083100 anexo 8101 y el correo electrónico: consultas@sunarp.gob.pe