Dirección Tecnica Registral

La Dirección Técnica Registral es el órgano de línea encargado de dirigir, evaluar y supervisar la función registral a nivel nacional. Tiene a su cargo proponer las normas reglamentarias en dicha materia, emitir opinión especializada sobre los asuntos de su competencia y otros aspectos relacionados; de supervisar las actividades y servicios registrales a nivel nacional; así como, las actividades de catastro y capacitación registral de los Órganos Desconcentrados.
La Dirección Técnica Registral depende jerárquicamente de la Superintendencia Nacional.

Funciones de la Dirección Técnica Registral

Son funciones de la Dirección Técnica Registral las siguientes:

  1. Proponer a la Alta Dirección, la política y estrategias de desarrollo Institucional en lo que respecta la función Registral.
  2. Ejecutar los acuerdos de naturaleza registral que apruebe el Consejo Directivo.
  3. Planificar, emitir y evaluar las políticas y actividades del catastro registral, a nivel nacional.
  4. Emitir lineamientos dirigidos a los Órganos Desconcentrados para el desarrollo de la función registral, así como supervisar el cumplimiento de las políticas y normas técnicas que en tales ámbitos se emita.
  5. Emitir y supervisar las políticas y actividades de capacitación del personal registral.
  6. Supervisar el cumplimiento de los lineamientos y políticas de atención de reclamos de los usuarios del registro, de cumplimiento obligatorio por los Órganos Desconcentrados.
  7. Resolver en segunda y última instancia las apelaciones provenientes de los trámites de cierre por duplicidad de partidas y otros de carácter administrativo registral resueltos en primera instancia por los Órganos Desconcentrados.
  8. Dictaminar sobre los recursos impugnativos relacionados directamente con el procedimiento registral que deben ser resueltos por el Superintendente Nacional o el Consejo Directivo, según corresponda.
  9. Proponer los lineamientos o directrices para la distribución de carga de títulos por tipo de registro.
  10. Distribuir, en circunstancias extraordinarias, la carga de títulos entre Órganos Desconcentrados, previo informe técnico sustentatorio del Órgano que lo solicite.
  11. Proponer a la Presidencia del Tribunal Registral, temas de agenda para ser evaluados en los Plenos Registrales orientados a la unificación de criterios y a la aprobación de precedentes de observancia obligatoria.
  12. Supervisar el desarrollo de la función registral de los Órganos Desconcentrados, proponiendo las acciones necesarias para su optimización permanente.
  13. Coordinar con la Oficina General de Tecnologías de la Información la actualización y desarrollo de los sistemas informáticos aplicados a la función registral.
  14. Absolver consultas de carácter técnico registral formuladas por la Alta Dirección o por los demás órganos que conforman la SUNARP.
  15. Supervisar la sistematización de los dispositivos legales en materia registral, para su difusión interna.
  16. Proponer las normas de carácter registral y emitir opinión sobre los proyectos de Ley que sobre dicha materia sean sometidos a su consideración.
  17. Supervisar la función del Catastro Registral de los Órganos Desconcentrados en concordancia con los lineamientos que emita al respecto.
  18. Evaluar y supervisar la función de Capacitación Registral de los Órganos Desconcentrados en concordancia con los lineamientos que emita al respecto.
  19. Aprobar y emitir normas técnicas y lineamientos vinculados con la función del Catastro Registral, para su ejecución por los Órganos Desconcentrados.
  20. Emitir las resoluciones de su competencia.
  21. Las demás funciones específicas que le sean dadas por el Superintendente Nacional y por las normas sustantivas.

Organización

Subdirección de Normativa Registral

La Subdirección Normativa Registral es la encargada de proponer y elaborar los documentos, informes y normas que sean necesarias para el ejercicio de la función registral.
Depende jerárquicamente de la Dirección Técnica Registral y coordina sus actividades con los demás órganos.

Funciones

Son funciones de la Subdirección Normativa Registral las siguientes:

  1. Proponer y elaborar proyectos de directivas y otras normas de carácter registral que deban ser aprobadas por la Dirección Técnica Registral.
  2. Participar en la formulación de proyectos normativos generales de carácter registral.
  3. Absolver consultas de carácter técnico registral formuladas por los órganos y unidades orgánicas.
  4. Elaborar informes y proyectar las resoluciones, en segunda y última instancia, respecto a las apelaciones provenientes de los trámites de cierre por duplicidad de partidas y otros de carácter registral resueltos en primera instancia por los Órganos Desconcentrados.
  5. Elaborar y proponer a la Dirección Técnica Registral las normas requeridas para la organización, conservación, custodia y mantenimiento de los archivos registrales.
  6. Emitir opinión especializada en los asuntos de su competencia.
  7. Las demás funciones específicas que le asigne el Director Técnico Registral y que le sean dadas por las normas sustantivas.

Subdirección de Operaciones Registrales

La Subdirección de Operaciones Registrales, se encuentra encargada de proponer, planificar y desarrollar las actividades operativas registrales en coordinación con los Órganos Desconcentrados de la Entidad, coadyuvando a la mejora de la labor registral. Depende jerárquicamente de la Dirección Técnica Registral y coordina sus actividades con los demás órganos.

Funciones

Son funciones de la Subdirección de Operaciones Registrales, las siguientes:

  1. Proponer a la Dirección Técnica Registral la política general para el desarrollo de los servicios registrales en la Entidad, para su consideración correspondiente.
  2. Proponer a la Dirección Técnica Registral la(s) estrategia(s) y lineamientos para la atención de reclamos y la mejora de los servicios registrales en el ámbito nacional, para su consideración correspondiente.
  3. Dirigir, planificar y supervisar las acciones referidas al análisis, gestión, prevención y control de riesgos en la función registral a nivel nacional.
  4. Sistematizar, evaluar, supervisar e informar a la Dirección Técnica Registral la atención de los reclamos de los usuarios del registro, a nivel nacional.
  5. Elaborar los lineamientos y políticas de atención de reclamos de los usuarios del registro a nivel nacional para la aprobación de la Dirección Técnica Registral.
  6. Realizar las acciones para el control de calidad de la calificación registral y el seguimiento de las actividades registrales en los Órganos Desconcentrados informando de ello a la Dirección Técnica Registral.
  7. Proponer, elaborar y ejecutar las acciones de mejora contínua en la gestión registral, a efecto de optimizar la prestación de los servicios registrales y mejorar los niveles de productividad de los servicios registrales.
  8. Identificar e informar a la Dirección Técnica Registral de las actividades, hechos o circunstancias que amenacen, afecten o pongan en riesgo las funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y de la seguridad jurídica que brinda.
  9. Formular y elaborar propuestas de perfeccionamiento y simplificación de los procedimientos registrales.
  10. Las demás funciones específicas que le asigne el Director Técnico Registral y que le sean dadas por las normas sustantivas.

Subdirección de Catastro Registral

La Subdirección de Catastro Registral es la encargada de planificar, proponer y elaborar las directrices que dicte la Dirección Técnica Registral a las unidades de Catastro Registral en el ámbito nacional, estableciendo los parámetros de calidad y seguridad permanente de la información. Elabora y propone a la Dirección Técnica Registral los lineamientos de cumplimiento obligatorio por los Órganos Desconcentrados, correspondientes en aspectos de su competencia.
Depende jerárquicamente de la Dirección Técnica Registral y coordina sus actividades con los demás órganos.

Funciones

Son funciones de la Subdirección de Catastro Registral las siguientes:

  1. Organizar, coordinar y evaluar la función de las unidades de Catastro Registral de los Órganos Desconcentrados en concordancia con los lineamientos que emita la Dirección Técnica Registral.
  2. Informar periódicamente a la Dirección Técnica Registral sobre las actividades, hechos y acciones realizadas por las unidades de Catastro
  3. de los Órganos Desconcentrados.
  4. Proponer a la Dirección Técnica Registral, políticas y normas técnicas y lineamientos vinculados con la función del Catastro Registral, para su ejecución por los Órganos Desconcentrados.
  5. Planificar y supervisar la actualización, mantenimiento y estandarización de la información del Catastro Registral de los Órganos Desconcentrados.
  6. Proponer a la Dirección Técnica Registral la celebración de convenios con Entidades del Sector Público o Privado para el desarrollo del Catastro Registral.
  7. Elaborar los mecanismos que permitan vincular la información del Catastro Registral con las Bases Gráficas Catastrales de las Entidades Generadoras de Catastro.
  8. Proponer a la Dirección Técnica Registral, en coordinación con las Entidades Generadoras de Catastro, las normas técnico catastrales necesarias para las inscripciones en el Registro de Predios.
  9. Las demás funciones específicas que le asigne el Director Técnico Registral y que le sean dadas por las normas sustantivas.

Subdirección de Capacitación Registral

La Subdirección de Capacitación Registral se encuentra encargada de planificar, proponer, evaluar y supervisar los programas, productos y servicios en materia de capacitación registral, especialización, desarrollo de habilidades y conocimientos del personal registral.
Depende jerárquicamente de la Dirección Técnica Registral y coordina sus actividades con los diferentes órganos y entidades relacionadas con sus funciones

Funciones

Son funciones de la Subdirección de Capacitación Registral, las siguientes:

  1. Promover e incentivar la investigación en el ámbito del Derecho Registral.
  2. Proponer, dirigir, planificar y evaluar programas de capacitación para la creación o mejora de servicios y productos registrales; así como para la especialización, desarrollo de habilidades y conocimientos del personal registral.
  3. Proponer a la Dirección Técnica Registral la celebración de convenios de capacitación con organismos especializados, así como gestionar la asignación de becas de formación vinculadas con los fines institucionales.
  4. Informar periódicamente a la Dirección Técnica Registral sobre las actividades de capacitación realizadas a nivel nacional.
  5. Promover y apoyar la realización de Plenos Registrales del Tribunal Registral, así como de Registradores Públicos, orientados a la aprobación de precedentes de observancia obligatoria y a la unificación de criterios, según corresponda.
  6. Velar por el cumplimiento de la normativa vigente relativa al acceso a la función registral.
  7. Dirigir la edición de la revista especializada en temas registrales y otros textos similares, en coordinación con los órganos correspondientes.
  8. Organizar, conservar, administrar y mantener actualizada la biblioteca.
  9. Las demás funciones específicas que le asigne el Director Técnico Registral y que le sean dadas por las normas sustantivas.

Lineamientos de la DTR

Resoluciones de la DTR

Actividades de inclusión registral