Disolución y liquidación de E.I.R.L.

28 mayo, 2019

Disolución y liquidación de E.I.R.L.

 

  • Parte notarial de la escritura pública.
  • Original o copia certificada de las publicaciones.
  • Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita).
  • Tasa registral: S/ 25.00

A considerar:

 

  • El parte notarial deberá contener el acuerdo de disolución, liquidación y nombramiento de liquidador.
  • Las publicaciones contendrán la decisión de disolución y liquidación, así como el nombramiento del liquidador, efectuada por tres veces consecutivos (en caso de Lima y Callao, las publicaciones se realizan en el diario oficial “El Peruano”) dentro los diez días siguientes a la decisión adoptada.

"El servicio brindado por este medio tiene un valor informativo, el Registrador Público podría solicitar documentos adicionales conforme a su evaluación".
Para cualquier orientación registral llamar al Aló Sunarp 0800-27164 opción 3 o al 2083100 anexo 8101 y el correo electrónico: consultas@sunarp.gob.pe

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