Constitución de sociedad por pasos
Para CONSTITUIR UNA PERSONA JURÍDICA, para que realice actividad empresarial deberá considerar lo siguiente:
BÚSQUEDA DE NOMBRE
Forma Presencial: ((Búsqueda de índice en el Registro de Personas Jurídicas), le sirve para saber si el nombre se encuentra disponible. No es un trámite obligatorio. Se solicita a través de un formato de búsqueda de índice, la tasa registral es S/ 5.00. El resultado se otorga en 20 a 30 minutos.
En forma referencial y de manera gratuita, puede hacer la búsqueda del nombre (ya sea la denominación completa y/o también la denominación abreviada o siglas) a través de nuestro Directorio Nacional de Personas Jurídicas: https://www.sunarp.gob.pe/dn-personas-juridicas.asp
Debe tener en cuenta que esta consulta NO SUSTITUYE el servicio de publicidad registral formal denominado búsqueda de índice, en la medida que no tiene los efectos de aquella ni es de actualización inmediata sino mensual.
También puede hacer todo el trámite de Búsqueda de Indice a través de nuestra página web:
1.- Para ello deberá previamente suscribirse al Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL). La suscripción es totalmente gratuita. Tiene dos opciones para suscribirse al SPRL, una es como persona natural y otra es como organización, el enlace a la plataforma del SPRL es el siguiente:
Suscripción a publicidad registral en línea: https://enlinea.sunarp.gob.pe/
Puede revisar antes la ayuda del SPRL a través del siguiente enlace:
Manual de Usuario:
https://enlinea.sunarp.gob.pe/sunarpweb/pages/publico/frm_ayuda.htm
RESERVA DE NOMBRE
Solicitar una reserva de nombre (si el nombre elegido está libre adquiere el derecho a usarlo por 30 días), este NO ES UN TRÁMITE OBLIGATORIO PARA LA CONSTITUCIÓN, PERO SÍ ES ALTAMENTE RECOMENDABLE PARA EVITAR OBSERVACIONES DEL REGISTRO ASÍ COMO GASTOS NOTARIALES ADICIONALES
A) Si desea hacerlo en forma presencial en cualquier oficina registral:
1.- Solicitud de reserva de nombre, este formato le permite colocar 3 opciones de nombre (si el primer nombre está libre le conceden la reserva, caso contrario, el registrador va a realizar la búsqueda del segundo nombre, y así sucesivamente hasta encontrar un nombre libre dentro de las 3 opciones que haya colocado, las cuales son excluyentes entre sí en función al orden consignado, es decir, concedida una, las demás serán descartadas). Lo puede recabar en la oficina o descargarlo desde la página web de la Sunarp, en la opción formatos y formularios registrales:
Formato de Solicitud de Reserva de Nombre de Persona Jurídica:
https://www.sunarp.gob.pe/formatos-formularios.asp#parentHorizontalTab2
2.- Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante.
3.- Pago de la tasa registral de S/ 20.00 (se realiza en caja de la oficina registral).
B) También puede hacer todo el trámite de solicitud de reserva a través de nuestra página web:
1.- Para ello deberá previamente suscribirse al Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL). La suscripción es totalmente gratuita. Tiene dos opciones para suscribirse al SPRL, una es como persona natural y otra es como organización, el enlace a la plataforma del SPRL es el siguiente:
Suscripción a publicidad registral en línea: https://enlinea.sunarp.gob.pe/webapp/extranet/Afiliacion.do?state=iniciaFrm¶metro=39
Puede revisar antes la ayuda del SPRL a través del siguiente enlace:
Manual de Usuario:
https://enlinea.sunarp.gob.pe/sunarpweb/pages/publico/frm_ayuda.htm
2.- Una vez suscrito, e iniciada su sesión como usuario del SPRL deberá primero ir al menú de opciones que aparece en el extremo izquierdo de la pantalla, y dar clic en la opción que dice: PREPAGAR / INCREMENTO DE SALDO, para la recarga de saldo. El sistema requiere que use una tarjeta VISA (con cuenta en soles) crédito y en algunos casos débito dependiendo si su banco le permite hacer transacciones en forma electrónica.
3.- Después de haber recargado su saldo (en el caso de la reserva de nombre, el sistema solo le requiere que recargue su saldo con S/ 20.00), podrá luego ir a la opción que dice:
RESERVA DE DENOMINACIÓN, y a partir de aquí empezará a llenar su solicitud. Una vez concluido el llenado de la solicitud, enviará la misma, y el sistema le notificará con un correo electrónico así como también una constancia de envío, los datos de la solicitud de reserva de denominación (Hoja de Presentación 2019 – V……..).
Plazo de calificación: 24 horas sea virtual o presencial (no se cuentan los días sábados, domingos ni feriados). La reserva que se concede es por un plazo de 30 días, tiempo en el que deberá concluir su trámite con la notaría para el otorgamiento de la escritura pública, así como su inscripción en Registros Públicos. La reserva no es prorrogable ni renovable.
INSCRIPCIÓN DE LA CONSTITUCIÓN DE EMPRESA EN REGISTROS PÚBLICOS
Una vez que le conceden su reserva de nombre, podrá coordinar con la notaría de su preferencia lo referente al trámite de constitución de empresa. En este caso, tiene dos formas de hacer la constitución de la empresa:
A) EN FORMA PRESENCIAL (ya sea que el trámite en la oficina lo presente la notaría o Ud. mismo).
1.- Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita) debidamente llenado y firmado por el presentante.
2.- Parte notarial de la escritura pública de constitución emitida por el notario (conteniendo inserto el pacto social, así como el estatuto, el nombramiento de los órganos de administración y los documentos que acrediten el capital respectivo según el artículo 35 del Reglamento del Registro de Sociedades).
3.- Pago de la tasa registral:
3.1.- Por constitución de la sociedad o empresa:
Derecho de calificación: S/ 46.00.
Derecho de inscripción: Valor del capital multiplicado por 3 dividido entre 1000.
3.2.- Por la designación de gerente, presidente de Directorio, vicepresidente de Directorio, representante legal, apoderado o régimen de poderes (por cada uno): S/ 25.00
Plazo de calificación: 24 horas (no se cuentan días sábados, domingos ni feriados) ya sea virtual o presencial (siempre que se presente en la misma oficina registral donde se va a establecer el domicilio de la empresa).
TENGA EN CUENTA:
* La presentación del PARTE NOTARIAL en la oficina registral, deberá de ser efectuada por el notario ante quien se otorgó el instrumento o por sus dependientes acreditados. Excepcionalmente, a solicitud y bajo responsabilidad de los otorgantes, el parte notarial podrá a ser presentado y tramitado por persona distinta al notario o sus dependientes. En este caso, el notario al expedir el parte deberá consignar en este el nombre completo y número de documento de identidad de la persona que se encargará de la presentación y tramitación de dicho parte, y además de incorporar en el Módulo “Sistema Notario” los datos de la persona. (Sétima Disposición Transitoria del D.L. 1049 Ley del Notariado modificado por el Decreto Legislativo 1232).
* En caso que la sociedad designe un Directorio deberá adjuntar una declaración jurada con firma legalizada ante notario de aceptación al cargo de director que será anexado a la constitución de la sociedad, o en cuanto acto jurídico se requiera, para su inscripción en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. Esta disposición rige para directores titulares, alternos, suplentes y reemplazantes según el caso, establecidos en los artículos 156 y 157 de la Ley General de Sociedades, respectivamente (artículo 152-A de la Ley Nº 26887 – Ley General de Sociedades).
B) POR LA PLATAFORMA DEL SID SUNARP. (VIRTUAL)
Actualmente, la Sunarp tiene una plataforma de servicios (conocida como SID-Sunarp) que permite a los ciudadanos que están interesados en hacer todo el TRÁMITE REGISTRAL de la constitución de la empresa (MYPE) en forma virtual, ingrese al siguiente enlace web.
SID-Sunarp: https://www.sunarp.gob.pe/w-sid/index.html
Para ingresar su solicitud de constitución por esta plataforma, debe primero registrarse como usuario del SID – Sunarp (Login): https://sid.sunarp.gob.pe/sid/sesion.htm
Para obtener mayor información y orientación sobre cómo llenar correctamente tu formato de constitución de empresa, por favor ingresa a nuestro Manual de usuario módulo ciudadano del SID Sunarp.
Manual de usuario módulo ciudadano:
https://www.sunarp.gob.pe/w-sid/docs/manuales/MUSER-MC271115.pdf
Sugerencia: Antes de trabajar la solicitud, sugerimos previamente se sirva llamar por teléfono a la notaría con la que Ud. desearía trabajar su escritura de constitución de empresa (los datos de las notarías figuran en la plataforma), a efectos que pueda informarse mejor sobre los gastos notariales de la escritura, y demás información relevante del trámite de constitución de empresa.
C) PLATAFORMA DE LOS CENTROS DE DESARROLLO EMPRESARIAL
La constitución de personas jurídicas dedicadas a la actividad empresarial a través de los Centros de Desarrollo Empresarial – CDE (autorizados por el Ministerio de la Producción) se realiza utilizando herramientas tecnológicas o medios electrónicos, que interconectan a la Superintendencia Nacional de Registros Públicos – Sunarp, con el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – Reniec, Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – Sunat y a las notarías.
Están exoneradas del pago de las tasas registrales para los actos de reserva de preferencial registral y constitución de empresa cuyo capital sea hasta una (1) UIT (para el año 2019 el monto de la UIT es S/ 4200.00), siempre que sean tramitadas a través de los Centros de Desarrollo Empresarial – CDE conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1332 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 006-20017-PRODUCE. Para obtener mayor información sobre los CDE, en Lima puede comunicarse al teléfono 616-2222 anexo 3465.
"El servicio brindado por este medio tiene un valor informativo, el Registrador Público podría solicitar documentos adicionales conforme a su evaluación".
Para cualquier orientación registral llamar al Aló Sunarp 0800-27164 opción 3 o al 2083100 anexo 8101 y el correo electrónico: consultas@sunarp.gob.pe